martes, 20 de noviembre de 2007

Medios | La propuesta de la AMEDI

Propuestas de la AMEDI para la reforma a las leyes de medios

Jaime Hernández Gómez

EN EL marco de resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto a la Acción de Inconstitucionalidad promovida desde el Senado en contra la denominada ley Televisa —aunado a la aprobación de la Reforma Constitucional en Materia Electoral en el Congreso— se gesta en el Senado de la República la realización de un proceso de consultas en torno a la realización de un proyecto de reformas a las leyes federales de Radio y Televisión y Telecomunicaciones, la cual deberá estar disponible a finales de marzo de 2008.

Ante la necesidad de realizar las reformas necesarias o en su caso una legislación nueva, la Asociación Mexicana del Derecho a la Información (AMEDI), presida por el profesor de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, Javier Corral Jurado, y en compañía de diversos integrantes de su grupo consultivo y directivo, presentó el pasado 7 de noviembre una propuesta integral ante el grupo de legisladores encargados de dictaminar el asunto.

La propuesta menciona la importancia de atender los resolutivos que la Suprema Corte realizó respecto al tema, asimismo, contempla diversas proposiciones, tanto generales como específicas, las cuales, con el afán de sintetizarlas, son agrupadas en este escrito bajo los puntos siguientes:

1. Un órgano regulador de carácter público y autónomo. Es preciso que la institución que se encargue de regular sobre el tema de telecomunicaciones y de radiodifusión tenga autonomía con base en los principios: rectoría de Estado sobre el desarrollo nacional, propiedad originaria de la nación del espectro radioeléctrico y; el fundamento democrático señalado en el artículo 3 de la constitución.
No es admisible que la institución reguladora sea organismo con carácter desconcentrado, como la actual Comisión Federal de Telecomunicaciones, debido a que dicha figura aunque brinda autonomía técnica, está supeditada a la Secretaria de Comunicaciones y Transportes. Tampoco es conveniente que la figura sea de un organismo público descentralizado, pues de acuerdo a las funciones que desempeñará no es viable de acuerdo a las normas legales establecidas.

Para la instauración del órgano regulador es importante la realización de una ley que regule ambos ramos. Además, es indispensable una reforma constitucional al párrafo V del artículo 27 para evitar que las concesiones sean facultad exclusiva del ejecutivo y no del Estado mediante un ente autónomo.

2. Requisitos para la concesión. Se propone homologar tanto la figura del permiso y la concesión en únicamente el término “concesión”, diferenciándolo en el uso para la cual fue solicitado. Se licitarán públicamente de acuerdo a un Plan Anual de Distribución de frecuencias. Tendrá una duración de 12 años y al término, el refrendo se realizará con base en lo señalado por la Suprema Corte: compitiendo en las mismas circunstancias, manteniendo preferencias sobre terceros en situaciones idénticas. Aparte, se plantea prohibir el otorgamiento de concesiones a las asociaciones religiosas, ministros de culto, partidos políticos y sus directivos.

3. Servicios adicionales de Telecomunicaciones. Aprovechando la modernización y el desarrollo de las nuevas tecnologías, los concesionarios pueden otorgar servicios adicionales de telecomunicaciones y con ello, marchar hacia la convergencia tecnológica. Por tanto, es importante que en la nueva legislación se realice la definición de los servicios adicionales de telecomunicaciones; se legisle para obligar al ejecutivo a modificar el estándar digital que se adoptó con el acuerdo de Convergencia en la televisión en 2004, y además, se obligue contraprestación económica en dichos servicios. Todo esto bajo el principio de equidad entre los concesionarios y permisionarios para evitar fenómenos de concentración.

4. Derechos de los pueblos indígenas. Es importante que se garantice el acceso de las comunidades indígenas a los medios electrónicos de difusión, así como a los servicios de telecomunicaciones. Para ello, se debe privilegiar el otorgamiento de concesiones hacia dichos pueblos, originando con ello la reducción de la brecha digital existente.

5. Adicionar un apartado sobre medios públicos. Resulta fundamental incluir dichos medios a la legislación puesto que constituyen elemento vital para la difusión de contenidos culturales, educativos, informativos e independientes. Los medios públicos no deberán tener como objetivo el lucro, empero, es importante diversificar sus fuentes de financiamiento para lograr mayor competencia y calidad en su oferta programática.

6. Reconocer a los medios comunitarios. Son importantes para la comunidad pues representan fuente de comunicación entre los habitantes o grupos de individuos pertenecientes a una comunidad determinada. Actualmente, operan al margen de las disposiciones legales debido a los trámites engorrosos y discriminatorios que les imponen. Por ello, es importante que el Estado Mexicano reconozca dicha figura en un apartado especial de los medios públicos.

7. Contenidos. Se proponen un conjunto de medidas específicas para regular los contenidos de la radio y televisión pública y restringida, entre las cuales destacan: a) clasificación de los programas para evitar que programas exclusivos para adultos sean transmitidos en horarios para todo público; b) prohibición absoluta de publicidad de productos milagrosos y productos o servicios implícitos en los programas; c) regulación de la publicidad explícita dentro de la programación como la mostrada en las trasmisiones de partidos de fútbol; d) definición de la producción independiente para promocionar la cultura nacional; y e) describir el procedimiento que garantice el derecho a réplica, considerado éste una garantía fundamental.

8. Sanciones. Es ineludible actualizar las multas de las infracciones que realicen los radiodifusores. Por eso, se propone una clasificación, que va en monto económico, desde los 500 salarios mínimos hasta los 100 mil, llegando a ser la revocación de la concesión y la pérdida de la propiedad de bienes en favor de la nación la sanción más significativa.
Es importante señalar que la propuesta de AMEDI, trata de ser acorde a lo estipulado en el artículo 3, donde se ubica a la democracia como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo y no sólo como una estructura jurídica y un régimen político.

Debido a la importancia y trascendencia del tema para la sociedad, así como de los de diversos intereses privados que se encuentran en pugna, es fundamental estar atento sobre el desarrollo de este asunto.

Referencia:

AMEDI; “Propuesta de la Asociación Mexicana del Derecho a la Información al grupo plural para la reforma de las leyes de Radio y Televisión y Telecomunicaciones del Senado de la República”, (en línea), presentada el 7 de noviembre de 2007, formato .doc, disponible en: http://www.amedi.org.mx/
Escríbeme a: jaihergom@gmail.com
*El autor es estudiante del noveno semetre en Comunicación Política.

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