Reforma Electoral y acceso a medios de comunicación electrónicos
Jaime Hernández Gómez
LA REFORMA electoral de 2007 representa el avance más importante efectuado en los últimos 20 años en materia de la regulación del acceso de los partidos políticos a la radio y televisión. Desde 1977, cuando se permitió la utilización de algunos minutos de los tiempos del Estado de forma permanente, no se había suscitado una modificación de la magnitud efectuada en los meses recientes.
Con la Reforma Constitucional en Materia Electoral se efectuaron varias prohibiciones con las cuales, ahora los partidos no podrán hacer uso de ofensas y calumnias para denostar al adversario, terceros no podrán adquirir espacios en radio y televisión para beneficiar o perjudicar algún candidato y el gobierno no podrá promocionarse durante las contiendas.
Sin embargo, la medida efectuada de mayor trascendencia fue la prohibición a los partidos de realizar contratación de publicidad política de forma permanente en los medios de comunicación electrónicos. Dicha medida repercutió en una reducción sustancial del financiamiento destinado para fines electorales y lo más importante, una liberación de la clase política frente al poder influyente de los empresarios de la radiodifusión.
La medida efectuada para sustituir el acceso pagado de los partidos a la radio y televisión durante las campañas fue la disposición de 48 minutos de los tiempos del Estado al Instituto Federal Electoral (IFE), para que esta institución las otorgue a los partidos de acuerdo al criterio 70:30, es decir, 30% de forma igualitario y 70% de forma proporcional a los votos obtenidos en la elección de diputados en la última elección federal reciente. Los partidos con registro nuevo sólo tendrán derecho al tiempo que representa el 30%.
Así, en elecciones federales, durante 90 días de campaña en las que se celebre elección presidencial, y 60 días en las que se efectué elección única de diputados, el IFE deberá otorgar a los partidos 41 minutos diarios en cada estación de radio (1488) y canal de televisión (733). Los 7 restantes los podrá ocupar el Instituto u otra autoridad electoral como el Tribunal Electoral (TEPJF).
La forma de distribución será la siguiente: 3 minutos por hora de 6 a 12 de la mañana y de 6 a 12 de la noche, y 2 minutos por hora de 12 a 6 de la tarde. Los mensajes tendrán una duración de 30 segundos, 1 o 2 minutos.
Con esto, a pesar de la falta de mayores detalles, que serán descritos en el Reglamento de Radio y Televisión, se puede destacar como avance positivo la determinación de la duración del spot, el cual con tiempo de 30 segundos, 1 o 2 minutos habrá mayor posibilidad que los partidos difundan a la ciudadanía sobre sus propuestas.
No obstante, la gran deficiencia de la reforma en este sentido, es la continuación de la estrategia de la comunicación política basada de forma preponderante en el spot, como se dice en la jerga coloquial, la persistencia de la spotización en las campañas.
El práctica del spoteo ha sido y seguirá siendo una de las mayores críticas a la comunicación política utilizada por los partidos políticos, ya que con ella predomina la imagen sobre la idea, el sonido sobre la propuesta, el slogan sobre la plataforma, utilizan al candidato como un producto, ven al electorado como consumidor, privilegian las emociones sobre las razones.
Las personas tienen derecho a la información, a informar y a ser informados, y el Estado debe otorgar las garantías para que dicha libertad sea cumplida. Esa es la gran debilidad de la reforma electoral. En vez de promover formatos que privilegien la información y orienten al ciudadano para la toma de decisiones como la mesa redonda, entrevistas, paneles de discusión, debates, etcétera, se continuará privilegiando la difusión del mensaje mediante la estrategia del spot. Tan pronto vivamos las campañas electorales, nos daremos cuenta que dicha crítica se hará más vigente.
Jaime Hernández Gómez
LA REFORMA electoral de 2007 representa el avance más importante efectuado en los últimos 20 años en materia de la regulación del acceso de los partidos políticos a la radio y televisión. Desde 1977, cuando se permitió la utilización de algunos minutos de los tiempos del Estado de forma permanente, no se había suscitado una modificación de la magnitud efectuada en los meses recientes.
Con la Reforma Constitucional en Materia Electoral se efectuaron varias prohibiciones con las cuales, ahora los partidos no podrán hacer uso de ofensas y calumnias para denostar al adversario, terceros no podrán adquirir espacios en radio y televisión para beneficiar o perjudicar algún candidato y el gobierno no podrá promocionarse durante las contiendas.
Sin embargo, la medida efectuada de mayor trascendencia fue la prohibición a los partidos de realizar contratación de publicidad política de forma permanente en los medios de comunicación electrónicos. Dicha medida repercutió en una reducción sustancial del financiamiento destinado para fines electorales y lo más importante, una liberación de la clase política frente al poder influyente de los empresarios de la radiodifusión.
La medida efectuada para sustituir el acceso pagado de los partidos a la radio y televisión durante las campañas fue la disposición de 48 minutos de los tiempos del Estado al Instituto Federal Electoral (IFE), para que esta institución las otorgue a los partidos de acuerdo al criterio 70:30, es decir, 30% de forma igualitario y 70% de forma proporcional a los votos obtenidos en la elección de diputados en la última elección federal reciente. Los partidos con registro nuevo sólo tendrán derecho al tiempo que representa el 30%.
Así, en elecciones federales, durante 90 días de campaña en las que se celebre elección presidencial, y 60 días en las que se efectué elección única de diputados, el IFE deberá otorgar a los partidos 41 minutos diarios en cada estación de radio (1488) y canal de televisión (733). Los 7 restantes los podrá ocupar el Instituto u otra autoridad electoral como el Tribunal Electoral (TEPJF).
La forma de distribución será la siguiente: 3 minutos por hora de 6 a 12 de la mañana y de 6 a 12 de la noche, y 2 minutos por hora de 12 a 6 de la tarde. Los mensajes tendrán una duración de 30 segundos, 1 o 2 minutos.
Con esto, a pesar de la falta de mayores detalles, que serán descritos en el Reglamento de Radio y Televisión, se puede destacar como avance positivo la determinación de la duración del spot, el cual con tiempo de 30 segundos, 1 o 2 minutos habrá mayor posibilidad que los partidos difundan a la ciudadanía sobre sus propuestas.
No obstante, la gran deficiencia de la reforma en este sentido, es la continuación de la estrategia de la comunicación política basada de forma preponderante en el spot, como se dice en la jerga coloquial, la persistencia de la spotización en las campañas.
El práctica del spoteo ha sido y seguirá siendo una de las mayores críticas a la comunicación política utilizada por los partidos políticos, ya que con ella predomina la imagen sobre la idea, el sonido sobre la propuesta, el slogan sobre la plataforma, utilizan al candidato como un producto, ven al electorado como consumidor, privilegian las emociones sobre las razones.
Las personas tienen derecho a la información, a informar y a ser informados, y el Estado debe otorgar las garantías para que dicha libertad sea cumplida. Esa es la gran debilidad de la reforma electoral. En vez de promover formatos que privilegien la información y orienten al ciudadano para la toma de decisiones como la mesa redonda, entrevistas, paneles de discusión, debates, etcétera, se continuará privilegiando la difusión del mensaje mediante la estrategia del spot. Tan pronto vivamos las campañas electorales, nos daremos cuenta que dicha crítica se hará más vigente.

1 comentario:
Mi buen Jaime, no olvidemos que el ideal nunca se lleva a la práctica, vivimos en un mundo donde la imagen (icónica, mental, sonora, etc.) predomina por sobre el argumento, ejemplos no expondré porque son demasiados, no obstante celecro el hecho de denunciar lo que la academia está lejos de lograr, una discusión entre pares y con mentes capaces, degraciadamente, fabiruchis ocupa más planas y minutos que las reformas penal, de medios, electoral, fiscal y laboral juntas.
Publicar un comentario